Un inusual episodio judicial registrado en Chile volvió a captar la atención pública tras conocerse que una empresa que transfirió por error más de 165 millones de pesos a un trabajador no logró, nuevamente, que los tribunales ordenaran la devolución del dinero.
El caso se originó en mayo de 2022, cuando una compañía del sector alimentario cometió una falla administrativa al realizar un pago salarial. En lugar de depositar el sueldo habitual del empleado, cercano a los 500 mil pesos, la empresa transfirió a su cuenta bancaria una suma superior a los 165 millones.
Al detectar el error, la empresa contactó al trabajador para informarle de la equivocación y solicitar la restitución del monto, alegando que se trataba de un pago indebido generado por una falla interna en sus procesos.
Según los antecedentes del proceso, el empleado habría manifestado inicialmente su disposición a devolver el dinero. Sin embargo, con el paso del tiempo la devolución no se concretó y, posteriormente, el trabajador presentó su renuncia, lo que agravó el conflicto entre ambas partes.
Ante esta situación, la empresa decidió llevar el caso a los tribunales e interpuso una querella penal, buscando que el hecho fuera considerado como apropiación indebida o hurto por hallazgo, con la intención de recuperar la millonaria suma transferida por error.
En una primera resolución, la justicia descartó la existencia de un delito penal y absolvió al trabajador. La compañía apeló el fallo, pero la Corte de Apelaciones confirmó la decisión inicial, cerrando definitivamente la vía penal del caso.
Los jueces concluyeron que la transferencia fue realizada de manera voluntaria por la empresa, aunque mediara un error administrativo, y que no existían pruebas de fraude ni de una acción dolosa por parte del trabajador.
Asimismo, el tribunal sostuvo que el dinero no podía considerarse como extraviado, por lo que no se configuraban los elementos necesarios para tipificar un delito penal bajo las figuras invocadas por la empresa.
De acuerdo con el criterio judicial, el conflicto corresponde al ámbito civil, al tratarse de un pago de lo no debido, lo que implica que la vía penal utilizada no era la adecuada para exigir la devolución del dinero mediante sanciones criminales.
El fallo representa un nuevo revés para la empresa, que no logró recuperar los fondos por el camino judicial elegido, y al mismo tiempo reabre el debate sobre la responsabilidad de las compañías en el control de sus procesos administrativos.
El caso también ha generado discusión pública sobre los límites legales frente a transferencias erróneas de grandes sumas de dinero y sobre la importancia de seleccionar correctamente las acciones legales cuando ocurren este tipo de equivocaciones financieras.
Lo que comenzó como un simple error administrativo terminó convirtiéndose en un proceso judicial complejo, dejando una clara advertencia sobre la necesidad de fortalecer los controles internos y comprender las diferencias entre las vías civil y penal en este tipo de conflictos.
